ACTUALIDAD
8 de junio de 2023
Suben un 41,5% niveles de facturación en todas las categorías del monotributo
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A partir del 1 de julio, suben más de 40% las escalas de facturación de las distintas categorías del Monotributo, manteniendo sin cambios la cuota mensual, según informaron desde el Ministerio de Economía.
Puntualmente, la Categoría A pasará de los actuales $999.657,23 anuales a $1,414.514, la categoría D de $2.583,720 anuales a $3.655.963 mientras que la Categoría K, pasará de $8.040.721,19 a $11.377.620 anuales.
La medida se adopta en julio porque los monotributistas deben recategorizarse durante ese mes. Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, tomando en cuenta la actividad de los últimos 12 meses.
Si hubo cambios en los ingresos, alquileres y demás variables, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse. De lo contrario, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.
Se estima que hay más de 2 millones de monotributistas, además de otro millón que combina el trabajo en relación de depende con actividades registradas en el monotributo.
La Afip deberá implementar la medida difundiendo las nuevas escalas antes de fin de mes de manera que los contribuyente cuenten con los nuevos valores a la hora de recategorizarse.
Enero y julio son los meses del año para la recategorización semestral para los monotributistas del Régimen Simplificado. Aunque el monotributo es un régimen simplificado y sencillo para que los cuentapropistas puedan autogestionarse, con el tiempo se fue complejizando con distintas normativas y regulaciones. A continuación se aclaran algunas dudas que puedan surgir.
¿Qué tener en cuenta para la recategorización?
Como indica el artículo 9° de la Ley 24.977, hay que hacer un análisis de lo actuado en los últimos 12 meses de:
-La facturación.
-La superficie afectada a la actividad.
-La energía eléctrica consumida.
-Los alquileres devengados.
El total de los valores que arroje cada parámetro, habrá de compararse con la tabla de Afip y recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto.
Si, según el análisis, corresponde que la persona se quede en la misma categoría en la que está, no debe hacer nada y, pasado el plazo de recategorización, la Afip entenderá que, al no hacer ninguna acción en el «Portal Monotributo», la persona se mantiene en los parámetros correspondientes a la misma categoría, señaló Infogremiales.
Hay que tener en cuenta que una cosa es mantenerse porque corresponde según los parámetros y otra es no hacer el trámite. La Afip, con distintos regímenes de información, controla las acreditaciones en cuenta, consumos y facturación electrónica.
¿Hasta cuándo se puede hacer la recategorización?
Las fechas disponibles para la recategorización son del 1 al 20 de cada enero y julio.
En caso de que se pase la fecha y no se haya hecho la recategorización, la Afip puede hacer la recategorización de oficio, además de aplicarte sanciones.
La recategorización de oficio y sus consecuencias
La recategorización de oficio es un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. Se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos de esa categoría.
Los recategorizados de oficio, recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico el primer día hábil de agosto y febrero de cada año. La categoría asignada puede recurrirse en los 15 días de recibida la notificación. Vencido el plazo, el recurso podrá iniciarse en «Presentaciones Digitales».
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